Juan Francisco Vargas en el juicio

El padre de Yéremi Vargas, condenado a cuatro años de cárcel por abusar de una menor

La Audiencia de Las Palmas ha condenado a cuatro años de cárcel a Juan Francisco Vargas, padre de Yéremi Vargas, el niño desaparecido en Gran Canaria en 2007, por haber abusado sexualmente en 2020 de una niña de 12 años, hija de una exnovia con la que convivía en el momento de los hechos en Fuerteventura.

Juan Francisco Vargas, padre de Yéremi Vargas



La sentencia considera probado que Vargas, su pareja y la menor de edad estaban durmiendo la siesta. Cuando la madre ya se había levantado y se había ido del cuarto, el condenado cogió una mano de la niña para que le tocara los genitales «sin que conste que esa zona corporal estuviese descubierta». Una semana después, la niña se lo contó a su hermana mayor, que avisó a su madre.

Juan Francisco Vargas durante el juicio

Indemnización, prohibición de contacto y libertad vigilada tras la pena

Los magistrados han resuelto que los hechos son constitutivos de un delito de abuso sexual a una menor de 16 años, ya que es de aplicación el Código Penal de 2015 previo a la reforma legal de 2022 según la cual se consideraría una agresión sexual.

«Es fruto no solo de la falta de consentimiento, sino también de la irrelevancia del mismo dada la edad de la menor afectada, como también del aprovechamiento por parte del sujeto activo de su clara situación de superioridad derivada de su ascendencia sobre la víctima, confianza y de la convivencia familiar«, declaró el tribunal. 

Además de la pena de prisión, la Audiencia lo ha condenado a indemnizar a la víctima con 3.000 euros, no acercarse ni comunicarse con ella durante siete años y pasar cuatro años bajo libertad vigilada cuando salga de la cárcel. 

Juan Francisco Vargas en el juicio

Vargas alegaba «un complot»

Durante el juicio, Vargas negó los hechos e intentó alegar que era víctima de «un complot» por parte de la familia de suexpareja. Sin embargo, el Tribunal alegó que no había «motivos para presumir que el relato es fruto de una actuación tendenciosa y falaz» ni se atisbaban «motivos que inhabiliten o debiliten la credibilidad del testimonio».

Fuentes: 20minutos – eldiario – rtvc – abc – antena3

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