Descubre qué puedes reclamar y qué no y a quién tras el apagón masivo

Lo jornada de ayer pasará a la historia debido al gran apagón que sufrimos en países como España, Portugal, Andorra y Francia. Durante horas, en las que reinaron la incertidumbre y el caos, los ciudadanos se organizaron y se prepararon para estar sin luz ni red telefónica hasta un tiempo indefinido. La información era escasa, pero hoy poco a poco se va retomando la normalidad con precaución y, sobre todo, sabiendo ya qué hacer en situaciones similares.



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De momento se desconoce el verdadero motivo que ha provocado este histórico apagón e incluso Pedro Sánchez, el presidente del Gobierno, ha advertido que no descarta ninguna hipótesis. ¿Pero por qué es importante saber cuál es el motivo del apagón? Porque de ser una cosa u otra dependerá si podemos reclamar por daños. Carlos Lluch, corredor de seguros, ha arrojado algo de luz sobre esta situación y sobre la importancia de conocer el motivo del apagón.

“Conocer la causa es importantísimo para que exista una responsabilidad civil, tiene que haber un hecho causal, demostrar qué ha causado el daño para saber a quién se puede reclamar. Lo podríamos saber en uno o dos días”, ha dicho el experto. Si no ha sido un error de la Red Eléctrica, las compañías podrán alegar que se trata de una “causa de fuerza mayor, ajena, que excede lo previsible y lo evitable”.

«Hay que revisar los contratos de los seguros», advierten

Con respecto a las pérdidas de comida, Enrique García, portavoz de la OCU, ha dicho: “Hay que revisar los contratos de los seguros para ver si hay cobertura en caso de apagón eléctrico, en estos casos cabría una reclamación al seguro”. También ha dicho: “Si la causa es imprevisible y evitable las compañías podrían estar exentas de responsabilidad”. En casos de cubrir estas pérdidas, por lo general suelen cubrirse entre los 300 y 500 euros, aunque de ser bares o restaurantes las cantidades podrían dispararse.

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Sobre reclamaciones a compañías telefónicas y de internet, la OCU dice: “En apariencia se trata de una circunstancia de fuerza mayor (un apagón es ajeno a la empresa) que impide prestar el servicio y por tanto no hay motivo para la reclamación”. Otra de las preocupaciones es sobre si se descontará parte del sueldo a las personas que no hayan podido trabajar. La respuesta es clara: no. Además, se podría pedir «un permiso retribuido de hasta cuatro días por la imposibilidad de desplazarse o desarrollar la actividad laboral con normalidad».

Por último, para los que no han podido viajar a causa del apagón, la Facua dice: «Los pasajeros no tienen derecho a la compensación que establecen las normativas comunitarias por una cancelación o un gran retraso, pero sí el derecho de asistencia, de costear un alojamiento y el transporte hacia él si están en una ciudad que no es la suya».

Por último, esperamos que esta cabra te alegre el día: