Ni parirlo, ni criarlo, ni que se vaya de casa antes de los 40: lo más complicado de tener un hijo es el momento en el que tenemos que ponerle un nombre que no sea Terminator o Ellen Ripley. ¿Qué nombres podemos ponerle y cuáles no? ¿Hay algo escrito al respecto? Pues, como veremos a continuación, al menos en España, sí.
Dentro de la ley 20/11, del Registro Civil, en la cual se recoge el derecho de todos a tener un nombre, se recoge otro artículo en el que se especifican qué nombres NO pueden ponérsele a ningún nacido.
Las reglas de los nombres
En este apartado de la ley se recoge que, en general, no se puede poner un nombre que menoscabe el honor y la integridad de la persona: “Quedan prohibidos los nombres que objetivamente perjudiquen a la persona. Están prohibidos los nombres que hagan confusa la identificación y esta prohibición alcanza sin duda al nombre puesto, que se corresponde con un apellido especial”.
Tampoco podemos poner nombres que «puedan tener connotaciones negativas, atenten contra la dignidad de la persona o sean motivo de burla”. Vamos, que no podemos llamar Caca, Tonto, Imbécil, Osama Bin Laden o Judas, por poner tan solo unos ejemplos.
No podemos ponerle a nuestros hijos nombres de fruta como Limón o Manzana, por no hablar de contracciones o acrónimos como Marimar (María del Mar) o poner apellidos por nombres, como Sánchez, González o Díaz.
Otra cosa que NO podemos hacer es ponerle a nuestro hijo más de dos nombres simples… a no ser que seas de la realeza, en cuyo caso puedes ponerle Felipe Juan Froilán de todos los Santos si es que así te sale de la corona.
Nada de similitudes
Está prohibido que dos hermanos se llamen igual o que tengas nombre con pequeñas variaciones como Pol y Paul o Anna y Anne. La única excepción a esta regla es que uno de los hermanos haya fallecido.
Tampoco podemos ponerle al recién nacido nombres completos de famosos como Quentin Tarantino, Pablo Alborán o Úrsula Corberó, por no hablar de marcas comerciales como Nike, Adidas o Burger King. Para los que preguntaréis (que sé que no seréis pocos): Darth Vader tampoco está permitido.
Hay otros nombres que no están expresamente prohibidos, pero que sí se prestan a que el funcionario que esté en ese momento en el registro quiera rechazarlos. Esto suele pasar con nombres como ‘Lobo’ o ‘Tigue’, pero también con nombres de países, y es que últimamente el nombre de ‘Tokio’ ha sido uno de los más populares en los registros… solo que no siempre es aceptado por los funcionarios.
A vosotros, ¿Qué os han parecido estas prohibiciones? Ya puestos… ¿qué nombre le pondríais a vuestro pequeño?
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Fuente: Que.es.
Por último, esperamos que esta cabra te alegre el día: